¿Cuál es la estructura de los contratos?

Estructura básica de los contratos

Un contrato es un acuerdo entre dos o más partes en el que se acuerda la entrega de un bien o servicio. Este acuerdo puede ser verbal o escrito. Sin embargo, algunos tipos de contratos deben constar por escrito en forma establecida por la ley, como por ejemplo, la compraventa de bienes inmuebles

Ilustración de carpetas y pilas de documentos legales sobre un escritorio
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Es importante tener en cuenta que existen ciertos requisitos legales mínimos e indispensables que todo contrato debe cumplir para que sea válido.

Elementos de un contrato

  • Proemio: Es el inicio del contrato donde se establecen los datos de las partes que lo suscriben, así como la fecha y el lugar donde se firma el contrato.
  • Antecedentes: Es la parte en la que se detallan los motivos que llevaron a la celebración del contrato. Es importante que estos motivos sean claros y precisos.
  • Declaraciones: Son afirmaciones de hecho que se hacen en el contrato. Por ejemplo, si se trata de un contrato de compraventa, las declaraciones pueden incluir la descripción del bien que se está vendiendo, el precio y la forma de pago.
  • Cláusulas: Son las disposiciones que regulan el contenido del contrato. Estas pueden ser de diferentes tipos, como cláusulas de obligaciones, de responsabilidad, de confidencialidad, entre otras.
  • Generales: Son cláusulas que no están directamente relacionadas con el objeto del contrato, pero que son importantes para su cumplimiento. Por ejemplo, pueden incluirse cláusulas sobre la resolución de conflictos, la jurisdicción competente en caso de controversia, etc.
  • Consentimiento: Es la parte del contrato en la que se expresa la voluntad de las partes de obligarse a cumplir con lo establecido en el documento.

En conclusión, un contrato es un acuerdo entre dos o más partes que establece los términos y condiciones para la entrega de un bien o servicio. En México, el Código Civil Federal es una ley que regula las relaciones jurídicas entre particulares en todo el territorio mexicano y los contratos se encuentran regulados en sus artículos 1792 a 1859.